Según informaron a este blog diferentes fuentes afines en Chile, el cuarto tribunal oral de Santiago de Chile dictó veredicto condenatorio el pasado viernes 6 de junio, con el siguiente resultado (extraído del documento del acta de deliberación, del que me fue enviada copia en PDF, y que podéis leer íntegro aquí):
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Hechos:
Hecho nº 1: Robo con intimidación a sucursal de Banco Santander en la calle Agustinas 920 de Santiago de Chile.
Hecho nº 2: Robo con intimidación a sucursal de Banco Santander en la calle Esmeralda de Valparaíso.
Hecho nº 3: Robo con intimidación a sucursal de Banco Security en calle Agustinas de Santiago de Chile.
Hecho nº 4: Homicidio de carabinero en el ejercicio de sus funciones en grado de consumado por la muerte del cabo 2º de Carabineros Luís Moyano y homicidio de carabinero en el ejercicio de sus funciones en grado de frustrado por el homicidio frustrado del cabo 2º de Carabineros Fernán Abarca Díaz.
a) Respecto del hecho N°1, absolver a Juan Manuel Aliste Vega de ser autor del delito de robo con intimidación, cometido en perjuicio del Banco Santander ubicado en calle Agustinas 920, comuna de Santiago.
b) Respecto del hecho N°2, absolver al acusado Freddy Ismael Fuentevilla Saa, de ser autor de delito de robo con intimidación, cometido en perjuicio del Banco Santander ubicado en calle Esmeralda 939, comuna de Valparaíso.
c) Respecto del hecho N°2, condenar a los acusados Juan Manuel Aliste Vega y Marcelo Andrés Villarroel Sepúlveda como autores del delito de robo con intimidación, en grado de consumado, en perjuicio del Banco Santander ubicado en calle Esmeralda 939 comuna de Valparaíso, en calidad de autores de conformidad al artículo 15 N°3 del Código Penal.
d) Respecto del hecho N°3, condenar a los acusados Juan Manuel Aliste Vega, Marcelo Andrés Villarroel Sepúlveda y Freddy Ismael Fuentevilla Saa, como autores del delito de robo con intimidación en grado de consumado en perjuicio del Banco Security ubicado en calle Agustinas 621, comuna de Santiago, en calidad de autores de conformidad al artículo 15 N°1 del Código Penal.
e) Respecto del hecho N°4, condenar al acusado Juan Manuel Aliste Vega como autor del delito de homicidio de Carabinero en el ejercicio de sus funciones, en la persona del Cabo 2° Luis Moyano Farías, en grado de consumado y como autor del delito de homicidio de Carabinero en el ejercicio de sus funciones, en la persona del Cabo 2° Fernán Abarca Díaz en grado de frustrado, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 15 N°1 del Código Penal.
f) Respecto del hecho N°4, condenar al acusado Freddy Ismael Fuentevilla Saa como encubridor del delito de homicidio de Carabinero en el ejercicio de sus funciones en la persona del Cabo 2° Luis Moyano Farías, en grado de consumado y como encubridor del delito de homicidio de Carabinero en el ejercicio de sus funciones en la persona del Cabo 2°Fernán Abarca Díaz, en grado de frustrado, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 17 del Código Penal.
La audiencia de comunicación de sentencia, se efectuará el martes 2 de julio a las 12:00 horas.